Por Jorge Manrique, Rector del Colegio Jurista y director general de Gobierno de Calidda, consultoría de políticas públicas.
Desaparecidos es un eufemismo triste para referirse a las personas de las que se ignora el paradero y presumiblemente fueron ultimadas.
En lo que va de 2024, existe un total de 3,735 personas desaparecidas, entre localizadas y no, de las cuales 58.92% (2,201) son hombres, 41.04% (1,533) mujeres y 0.04% indeterminados, según el reporte del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas
En 2023 el total de desaparecidos entre 15 y 29 años fue de 12,315 personas, de las cuales un 35.57% (4,503) personas no fueron localizadas.
Sin embargo, el Alto Comisionado de la ONU para Derechos Humanos Volker Türk expresó su seria preocupación porque continúa el flagelo de las desapariciones forzadas en México, urgió al país agilizar la implementación de las recomendaciones del Comité sobre la Desaparición Forzada (CED)
La práctica de desaparición forzada prolifera a tal grado entre grupos criminales que hoy no es posible siquiera saber el número real de homicidios en México.
Se reporta, incluso, que hay una serie de silencios institucionales ante una política pública emprendida por el gobierno federal para reducir las cifras de desaparecidos con fines electorales. También se remarca que no hay una intención de resolver el fenómeno.
Las técnicas para “desaparecer” un cuerpo varían y se difunden con facilidad. Éstas van desde la disolución de cuerpos en barriles de ácido, sosa y otras sustancias, hasta el uso de hornos clandestinos de ladrillo para quemar restos humanos.
Oficialmente, se estima que en México hay 113 mil 081 personas desaparecidas y no localizadas, la mayoría de ellas ocurridas de 2006 a la fecha, aunque también hay un importante subregistro, ya que no se tiene una cifra real sobre la desaparición de migrantes, además de que las familias no siempre confían en las autoridades para reportar a una persona ausente.
Actualmente, la Fiscalía General de la República (FGR) no crea el Registro Nacional de Fosas (comunes y clandestinas) y el Registro Nacional de Personas Fallecidas no Identificadas y no Reclamadas que reclaman los familiares de los desaparecidos.
Ahora, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas no es el único registro, existen cuatro contenidos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada De Personas.
El primero es el Registro Nacional de Personas Desaparecidas que empezó a funcionar en 2020. El segundo registro es el Banco Nacional de Datos Forenses, que debe ser administrado por la Fiscalía General de la República (FGR) que se puso en marcha este año.
El tercer registro es el de fosas, tanto clandestinas como comunes, que también corresponde a la FGR pero que aún no funciona. Por último, está el registro nacional de personas desaparecidas no reconocidas y no reclamadas